La decisión, adoptada por una mayoría de 7-1, mantiene en pie la estructura principal de la Ley 2381 de 2024. La Cámara de Representantes tendrá 30 días hábiles para corregir los problemas de trámite identificados en nueve artículos y una proposición para incluir una nueva disposición. La entrada en vigencia quedó fijada para el 1 de abril de 2027.
La Corte Constitucional dio un paso definitivo en el largo proceso de revisión de la reforma pensional impulsada durante el gobierno de Gustavo Petro. En su decisión del 25 de agosto de 2026, la Sala Plena avaló la mayor parte de la Ley 2381 de 2024, aunque ordenó devolver a la Cámara de Representantes algunos apartados para que sean nuevamente tramitados y se subsanen problemas relacionados con su procedimiento legislativo.
La decisión fue adoptada con una votación de siete votos a favor y uno en contra. El conjuez Carlos Pablo Márquez salvó el voto, mientras que los magistrados Héctor Carvajal y Jorge Enrique Ibáñez Najar no participaron en la discusión.
¿Qué decidió la Corte?
El alto tribunal determinó que los problemas encontrados no afectan la totalidad de la reforma, sino determinados apartados cuyo trámite parlamentario presentó irregularidades. Por esta razón, ordenó a la Cámara realizar un proceso de subsanación.
Entre los apartados que regresan al Congreso están el inciso cuarto del artículo 11, el artículo 14, un literal del artículo 19, el parágrafo transitorio del artículo 23, el artículo 36, el inciso segundo del artículo 63, el numeral quinto del artículo 84, el inciso primero del artículo 92 y el artículo 93. También deberá tramitarse nuevamente una proposición relacionada con la incorporación de un artículo nuevo.
La Cámara tendrá 30 días hábiles desde la notificación de la sentencia para realizar el procedimiento ordenado y posteriormente deberá enviar a la Corte la documentación que permita verificar si fueron corregidos los vicios señalados. Si alguno de los cambios requiere conciliación entre Senado y Cámara, esta deberá realizarse dentro de la actual legislatura.
Un cambio en el sistema de pensiones
El núcleo de la reforma quedó respaldado por la decisión. La Ley 2381 plantea reemplazar el esquema actual por un sistema organizado en cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro individual.
Uno de los cambios centrales consiste en que las cotizaciones de los trabajadores se distribuyan bajo un nuevo esquema, con aportes a Colpensiones hasta un umbral de 2,3 salarios mínimos y el excedente destinado al componente complementario de ahorro individual.
La reforma también contempla modificaciones relacionadas con la protección de personas que no alcanzan a cumplir los requisitos para una pensión, además de medidas dirigidas a reducir algunas brechas existentes en el sistema, particularmente frente a las mujeres y las personas con trayectorias laborales marcadas por la informalidad.
La reforma no comenzará a aplicarse inmediatamente
Uno de los puntos más importantes de la decisión es que la reforma no entrará en funcionamiento de manera inmediata.
La Corte estableció el 1 de abril de 2027 como fecha para la entrada en vigencia del nuevo sistema, después de que el calendario original —que contemplaba el 1 de julio de 2025— quedara suspendido durante la revisión constitucional. Hasta entonces continuará aplicándose el régimen vigente, con las excepciones que correspondan según las decisiones judiciales adoptadas previamente.
La suspensión había sido ordenada por la propia Corte en junio de 2025, cuando encontró un vicio de procedimiento en el trámite de la Ley 2381 y dispuso que su entrada en vigencia quedara suspendida hasta que se produjera una decisión definitiva.
¿Qué pasa ahora con los artículos devueltos?
El proceso todavía no termina completamente. La Cámara deberá volver a discutir los apartados señalados por la Corte dentro del plazo establecido y demostrar que las irregularidades fueron corregidas.
Después de ese trámite, la documentación regresará al alto tribunal para que determine si el Congreso cumplió con las condiciones exigidas. Por ello, aunque la decisión representa un respaldo mayoritario a la reforma, los artículos devueltos todavía están sujetos a una nueva revisión constitucional.
Además, medios especializados han advertido que la decisión del 25 de agosto estuvo concentrada principalmente en los vicios de procedimiento. El debate sobre otras demandas que cuestionan aspectos materiales de la reforma puede continuar en el escenario constitucional.
¿Qué ocurrirá con los traslados entre fondos?
Otro asunto que permanece abierto es el relacionado con la denominada Ventana de Oportunidad de Traslado, que permitió a determinados afiliados cambiar de régimen bajo condiciones específicas.
El Espectador señala que la decisión de la Corte Constitucional no resuelve automáticamente las controversias sobre los recursos asociados a esos traslados, pues existen procesos y medidas que también involucran al Consejo de Estado. Por tanto, la situación de esos afiliados dependerá de las decisiones que adopte también esa jurisdicción.
Un fallo con impacto para millones de colombianos
La reforma pensional es una de las principales transformaciones propuestas durante el gobierno de Gustavo Petro y su aprobación constitucional despeja uno de los mayores obstáculos jurídicos que enfrentaba desde su aprobación en 2024.
Sin embargo, el proceso todavía requiere varios pasos antes de que el nuevo modelo pueda comenzar a operar. El Congreso deberá subsanar los apartados señalados, la Corte tendrá que verificar ese procedimiento y las entidades del sistema deberán prepararse para la implementación.
Por ahora, la decisión permite afirmar que la estructura principal de la reforma pensional sobrevivió al examen constitucional, pero su implementación definitiva dependerá del cumplimiento de las condiciones establecidas por el alto tribunal.
La reforma, por tanto, no empieza a aplicarse mañana: el nuevo sistema tiene como fecha prevista de entrada en vigencia el 1 de abril de 2027.
𝐸𝑙𝑎𝑏𝑜𝑟𝑎𝑑𝑜 𝑐𝑜𝑛 𝑖𝑛𝑓𝑜𝑟𝑚𝑎𝑐𝑖𝑜́𝑛 𝑑𝑒: 𝐶𝑜𝑟𝑡𝑒 𝐶𝑜𝑛𝑠𝑡𝑖𝑡𝑢𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙, 𝑉𝑎𝑛𝑔𝑢𝑎𝑟𝑑𝑖𝑎, 𝐸𝑙 𝐸𝑠𝑝𝑒𝑐𝑡𝑎𝑑𝑜𝑟, 𝐸𝑙 𝐶𝑜𝑙𝑜𝑚𝑏𝑖𝑎𝑛𝑜, 𝑁𝑜𝑡𝑖𝑐𝑖𝑎𝑠 𝑅𝐶𝑁, 𝐿𝑎 𝑆𝑖𝑙𝑙𝑎 𝑉𝑎𝑐𝑖́𝑎, 𝐼𝑛𝑓𝑜𝑏𝑎𝑒, 𝐸𝑙 𝑃𝑎𝑖́𝑠, 𝐸𝑙 𝑈𝑛𝑖𝑣𝑒𝑟𝑠𝑎𝑙 𝑦 𝐶𝑎𝑟𝑎𝑐𝑜𝑙 𝑅𝑎𝑑𝑖𝑜


